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Pasaporte Menores de Edad Primera Vez
I. Presentar al menor ante la Delegación de la SRE u Oficina de Enlace
II. Llenar solicitud de Pasaporte Ordinario Mexicano (OP5)
III. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante cualquiera de los siguientes documentos
- Acta de nacimiento, emitida y certificada por el Oficial del Registro Civil o por los Consulados o Secciones Consulares de las Representaciones Diplomáticas de México en el Exterior;
Nota.- En caso de que la ( C R I P ) no aparezca en el acta de nacimiento del menor, cuenta con las siguientes alternativas:
- Acudir al Registro Civil correspondiente y solicitar Acta de Nacimiento con ( C R I P )
- Presentar la CURP
- Carta de naturalización o Cédula de identidad ciudadana. Si el acta de nacimiento es de registro extemporáneo (registro posterior a los 6 meses del nacimiento), la SRE se reserva el derecho de verificar su autenticidad ante el Registro Civil que corresponda, o en su caso, el interesado podrá aportar cualquiera de las siguientes pruebas:
- 1. Certificado de alumbramiento.
- 2. Copia certificada, por el Juzgado de origen, de la resolución judicial por la cual se concede la adopción del menor, así como del auto por el cual causó ejecutoria.
IV. Presentar una de las siguientes identificaciones vigentes con fotografía
- Certificado escolar
- Credencial de servicios médicos
- Matrícula consular
- Exclusivamente para los menores de 6 años, a falta de cualquiera de las identificaciones antes mencionadas, podrán presentar carta del médico que atendió el parto, del pediatra o del médico familiar, cumpliendo con los siguientes requisitos:
- Hoja membretada;
- Nombre y firma del médico que la expide;
- Nombre del menor y de sus padres;
- Fotografía del menor y sello sobre la misma;
- Tiempo de ser el médico pediatra o familiar;
- Copia simple y legible de la cédula profesional del médico que expidió la constancia y
- Con una antigüedad no mayor a 30 días naturales contados a partir de la fecha de su expedición.
Nota.- Favor de verificar que el nombre asentado en la identificación que presente, concuerde fielmente con el asentado en el documento con el que acredite su nacionalidad.
V. Tres fotografías a color tamaño pasaporte (4.5 x 3.5 cm.)
VI. Comparecencia personal de ambos padres o de quienes ejerzan la patria potestad o tutela, acompañados de Una identificación oficial vigente con fotografía y firma;
- Permiso OP-7, este archivo solo es de consulta, para realizar el trámite, deberá solicitar el formato en cualquiera de las Delegaciones y Oficinas de Enlace de manera gratuita; El tutor deberá presentar copia certificada, por el Juzgado de origen, de la resolución judicial que le confirió su cargo y, en su caso, del auto por el cual causó ejecutoria dicha resolución o de la aceptación y protesta del cargo. Las identificaciones oficiales (vigentes y con fotografía) aceptadas para los efectos de la fracción VI, inciso “A” de los presentes requisitos son:
- Credencial de elector;
- Certificado escolar, credencial escolar o en su defecto constancia del último grado de estudios (expedido con una anterioridad no mayor a 30 días naturales), los cuales deberán contener fotografía con sello oficial (el sello deberá incluir el número de incorporación a la SEP) de la institución emisora sobre la misma y firma de quien los expide;
- Cédula profesional;
- Título profesional;
- Carta de pasante que contenga fotografía y sello oficial sobre la misma de la institución emisora y firma de quien la expide;
- Credencial de servicios médicos de una Institución Privada o Pública de Salud o Seguridad Social, con fotografía, sello sobre la fotografía y firma de quien la expide. NO SE ACEPTAN CARNETS DE CITAS;
- Credencial de trabajo de Dependencia o Entidad Gubernamental;
- Credencial del INAPAM (Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores, antes INSEN);
- Credencial para jubilados y pensionados;
- Carta de naturalización;
- Declaratoria de nacionalidad mexicana;
- Certificado de nacionalidad mexicana;
- Cédula de Identidad Ciudadana, emitida por Secretaría de Gobernación conforme al artículo 107 de la Ley General de Población;
- Matrícula consular;
- Forma migratoria;
- Cartilla del Servicio Militar Nacional Liberada o
- Pasaporte mexicano o, en su caso, extranjero.
VII. Pago de Derechos. Antes de acudir a realizar el trámite en la Delegación de la SRE u Oficina de Enlace, deberá haber realizado el pago de derechos, mediante Hoja de Ayuda, la cual se obtiene gratuitamente en Internet o en cualquiera de nuestras Delegaciones y se presenta para su pago en ventanilla bancaria o por el portal de Internet de los bancos autorizados.
NOTA GENERAL.- Todos los documentos originales o copias certificadas que presente deberán ir acompañados de su COPIA simple en hoja tamaño carta incluyendo, en su caso el reverso de los mismos. Si el documento es el pasaporte mexicano, deberá fotocopiar la 1° y última hoja, es decir, donde se encuentre la fotografía, datos del titular y el número de libreta del documento.
Institución responsable:
- Secretaría de Relaciones Exteriores








